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Modo: Corpus Pro

FRAUDE GENERICO, EL FRAUDE MAQUINADO NO ES DISTINTO DEL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 259467 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXVIII, Segunda Parte; Pág. 34

El hecho de que el juzgador utilice la expresión de "fraude maquinado" para distinguir el fraude en que haya utilización de maquinaciones y artificios, de aquél en que dichas maquinaciones y artificios no se emplean, no significa que la ley haya creado dos figuras autónomas de fraude, por lo que es válido condenar al inculpado, acreditando primeramente los elementos materiales del delito de fraude descrito en el primer párrafo del citado artículo 386 del Código Penal Federal e imponerle la pena señalada en la fracción III, primer párrafo, del mismo artículo y además la del párrafo segundo de dicha fracción.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/259467-8a39d09b/fraude-generico-el-fraude-maquinado-no-es-distinto · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 5963/62. Manuel Martínez Castro. 28 de octubre de 1964. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.

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