Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

ATAQUES A LAS VIAS GENERALES DE COMUNICACION Y DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, DELITOS DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 259511 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXXXV, Segunda Parte; Pág. 9

Si los daños se hicieron consistir en los deterioros sufridos por aparatos telefónicos y sus conexiones, tales hechos, de acuerdo con el artículo 167, fracción VI, del Código Penal Federal, constituyen uno de los elementos materiales del delito de ataques a las vías generales de comunicación, que no se integraría en ausencia de dicho elemento, es evidente que los mismos son absorbidos por esta infracción delictiva, y no configuran el daño en propiedad ajena, como delito destacado, pues se trata de una sola conducta, que puede verse bajo dos aspectos, y el artículo 59 del propio código dispone que en tales casos, se sancione con la pena más grave y como, en la especie, el delito de ataques a las vías generales de comunicación, tiene pena más severa, que el simple daño patrimonial, deben sancionarse de aquella manera y no concurrentemente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/259511-eea284b3/ataques-a-las-vias-generales-de-comunicacion-y · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1076/63. Laurencio González Ramos y coagraviado. 2 de julio de 1964. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis