FE DE CADAVER EN EL EXTRANJERO HECHA POR EL MINISTERIO PUBLICO MEXICANO.
Independientemente del valor que tenga la fe de un cadáver dada por el Ministerio Público mexicano en territorio extranjero, si existen una serie de indicios constituidos por la declaración rendida ante las autoridades mexicanas en territorio nacional por el médico que practicó la necropsia, y existe también la opinión de legistas mexicanos que vieron el cadáver y opinaron en los mismos términos que el legista extranjero, con esos datos puede legalmente establecerse el hecho de la muerte y la causa de la misma.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/259659-c30ec57a/fe-de-cadaver-en-el-extranjero-hecha-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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