LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
Si el acusado lesiona a su víctima después de haberla desarmado, no se configura el exceso en la defensa legítima, cuya existencia presupone los elementos básicos de tal eximente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/259665-ec5b7457/legitima-defensa-exceso-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1876/63. Benito Victoria Hernández. 17 de enero de 1964. Cinco votos. Ponente: Alberto R. Vela.
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