PREMEDITACION, CALIFICATIVA DE.
Concurre la calificativa de premeditación si el acusado compra el arma instrumento del delito con anterioridad a los hechos, con el solo propósito de vengarse del ofendido, y espera con toda calma y deliberación la ocasión propicia para ello; así pues, tiene tiempo de reflexionar serenamente sobre lo que después lleva a cabo en forma exacta de lo que planeó con toda anticipación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/259675-3694b556/premeditacion-calificativa-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5071/63. Marcos García Briseño. 16 de enero de 1964. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen XII, página 77. Amparo directo 7459/57. Mateo Bárcenas Ramírez y coagraviado. 24 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
Nota: En el Volumen XII, página 77, esta tesis aparece bajo el rubro "PREMEDITACION.".
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