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Modo: Corpus Pro

FALSIFICACION DE DOCUMENTOS Y FRAUDE, ACUMULACION DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 260003 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIX, Segunda Parte; Pág. 12

El delito de falsificación de documento, al servir como medio para realizar un fraude, no queda identificado en éste, ya que de acuerdo con las normas penales aplicables en vigor en el Distrito y Territorios Federales, ambos delitos conservan su autonomía, aunque el primero haya servido como medio para la realización del segundo, debiendo acumularse en cuanto a su penalidad. Al respecto, el artículo 251 del referido Código Penal precisa claramente lo anterior, al indicar que si el falsario hiciera uso de los documentos u objetos falsos, se acumularan la falsificación y el delito que por medio de ella hubiere cometido el delincuente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260003-cb557111/falsificacion-de-documentos-y-fraude-acumulacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 8181/62. Manuel Buyla Petrovich. 28 de marzo de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.

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