Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

QUERELLA POR MANDATO, REQUISITOS PARA PRESENTAR LA (LEGISLACION DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).

Clave: — · Registro digital (IUS): 260062 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LXV, Segunda Parte; Pág. 31

El artículo 122 del Código de Procedimientos Penales del Estado de Tamaulipas (igual al del código federal), establece: "No se admitirá intervención de apoderado jurídico para la presentación de denuncias. Para las querellas sólo se admitirá cuando el apoderado tenga poder con cláusula especial o instrucciones concretas de sus mandantes para el caso, y se hubieren cumplido los demás requisitos que la ley establezca". Por tanto, si el apoderado de la parte ofendida no presenta en el poder exhibido una cláusula especial para querellarse en el caso, ni tampoco instrucciones concretas sobre el particular, sino que sólo asienta en el mencionado poder una cláusula especial para formulación de querellas y para coadyuvar con el Ministerio Público, pero sin referencia especial al problema cuestionado, no queda surtido el requisito de querella.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260062-417f9e68/querella-por-mandato-requisitos-para-presentar-la-legislacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 2642/61. Francisco Carmona de la Cruz. 12 de noviembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis