HOMICIDIO CALIFICADO (LEGISLACION PENAL DEL ESTADO DE TABASCO).
Quedan acreditadas las calificativas de premeditación y alevosía previstas en los artículos 306 y 309 del Código Penal vigente en el Estado de Tabasco, si se comprueba que el acusado, habiendo decidido dar muerte a su víctima, pues ésta a su vez había atentado en su contra, al encontrarla la agredió por la espalda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260108-aef9ccd8/homicidio-calificado-legislacion-penal-del-estado-de-tabasco · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3436/62. Julián Almeida Custodio. 3 de septiembre de 1962. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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