ERROR EN CITA LEGAL, NOMBRE O NUMERO.
Si el Ministerio Público por error citó a otra persona como autor del delito de lesiones, cuando debió señalar al quejoso, ello constituye un error de nombre, y este error, como el aritmético o el de cita de un precepto legal, carecen de importancia; máxime si en el proemio de el pliego de conclusiones y en el texto del mismo, se cita correctamente el nombre del autor del delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260192-e6b335d5/error-en-cita-legal-nombre-o-numero · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1145/62. Isaac Silva Acosta. 30 de julio de 1962. Mayoría de tres votos. Disidente: Alberto R. Vela. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Jurisprudencia relacionada
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- OFENDIDO. ERROR EN SU NOMBRE. (s/clave)
- LEYES, CITA ERRONEA DE LAS. (s/clave)
- SENTENCIAS, CITA ERRONEA DE PRECEPTOS LEGALES EN LAS. (s/clave)
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