CHEQUES SIN FONDOS, PRESENTACION DE LOS, EL MISMO DIA DE SU LIBRAMIENTO (CONSECUENCIAS).
Si el documento no fue presentado para su cobro dentro del plazo que marca el artículo 181 de la ley relativa, pues según diligencia de inspección practicada por el Ministerio Público, la presentación tuvo lugar el mismo día en que el cheque fue librado y la ley consigna que los cheques pagaderos en la misma plaza en que son girados deben ser presentados dentro de los quince días contados a partir del siguiente de su expedición y como es elemento del delito la presentación en tiempo y ella es necesariamente dentro del término que la ley señala, resulta que en el caso a estudio, como el documento no fue presentado dentro del término de ley, no se configuró el delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260278-f372c128/cheques-sin-fondos-presentacion-de-los-el-mismo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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