CHEQUES SIN FONDOS PRESENTADOS AL COBRO EL MISMO DIA DE SU EXPEDICION (CONSECUENCIAS LEGALES).
Si aparece que el cheque fue presentado para su pago el mismo día de su expedición: de acuerdo con la fracción I del artículo 181 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito, los cheques deben presentarse "dentro de los quince días naturales que sigan al de su fecha", por tanto, la presentación debe hacerse desde el día siguiente al de la fecha del documento, y como en la especie se presentó el mismo día; debe considerarse que el mismo no fue presentado en tiempo y como tal circunstancia es un elemento indispensable para la integración del delito, la configuración de éste no llegó a integrarse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260598-bb948b03/cheques-sin-fondos-presentados-al-cobro-el-mismo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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