RIÑA, INEXISTENCIA DE LA MODALIDAD DE.
Aun cuando en la primera parte de los acontecimientos haya existido la iniciación de una contienda de obra, tal situación desapareció cuando ambos contendientes, se retiraron ante la intervención de un tercero que evitó el pleito, de suerte que si el inculpado, al encontrar posteriormente al ofendido lo atacó y lesionó por la espalda, dada la forma en que se produjo el ataque, no puede considerarse que haya mediado contienda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260765-abed067d/rina-inexistencia-de-la-modalidad-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3787/ 61. Próspero López Topete. 25 de septiembre de 1961. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Jurisprudencia relacionada
- RIÑA, INEXISTENCIA DE LA. (s/clave)
- RIÑA, CESACION DE LA. (s/clave)
- RIÑA. (s/clave)
- RIÑA, CUÁNDO NO EXISTE.- (2660)
- RIÑA. INEXISTENCIA DE LA, POR FALTA DE ACEPTACION PARA ENTABLAR UNA CONTIENDA DE OBRA. (s/clave)
- RIÑA, CUANDO NO EXISTE. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis