INDICIOS Y PRESUNCIONES.
La prueba circunstancial está constituida por un conjunto de indicios que por su íntimo enlace, permiten al juzgador ir de las verdades conocidas a la que se desconoce. En estas condiciones, cabe concluir que si no existe una pluralidad de indicios que enderezados en una misma dirección crearan la evidencia, no existe el nexo causal que como exigencia de la culpabilidad debe haber entre la conducta del acusado y el resultado ulterior, ya que hay insuficiencia de la prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260995-89d06565/indicios-y-presunciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4614/60. Jacobo Gordillo Figueroa. 5 de abril de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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