FRAUDE.
Para la configuración del delito de fraude se requiere el resultado material consistente en el daño patrimonial sufrido por el sujeto pasivo y en el enriquecimiento, para sí o para otro, logrado por el sujeto activo, valiéndose del engaño o error del ofendido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261211-039d5c8a/fraude · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5788/60. Mario Humberto Carrera Gama. 2 de diciembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Rivera Silva.
Jurisprudencia relacionada
- FRAUDE, DELITO DE. (s/clave)
- FRAUDE, DELITO DE. (s/clave)
- FRAUDE. (s/clave)
- FRAUDE, DELITO DE. (s/clave)
- FRAUDE, ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL DELITO DE. (s/clave)
- FRAUDE. (880)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis