PRESUNCIONES.
Por presunción debe entenderse la consecuencia que el Juez deduce de un hecho conocido para averiguar la verdad de otro desconocido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261542-c31f578f/presunciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2651/58. Servicios Urbanos de Pasajeros, S. A. 30 de septiembre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
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