PRESUNCIONES, PRUEBA DE.
Toda prueba presuntiva se funda en la consecuencia que la ley o el Juez deducen de un hecho conocido, para averiguar la verdad de otro desconocido. Ahora bien, toda consecuencia en lógica, para ser deducida o inferida de un hecho, debe ser necesaria y no contingente o probable; de manera que si de un hecho conocido no se deduce más o menos necesariamente la verdad de otro desconocido, el Juez no puede establecer una presunción humana, o, en otros términos, si de un hecho conocido se pueden deducir múltiples situaciones probables o posibles, no existe razón lógica o jurídica para tener por cierta sólo una de ellas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/805982-f8f93963/presunciones-prueba-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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