TESTIGOS, APRECIACION DE SUS DECLARACIONES.
Con acierto el sentenciador consideró que los testimonios de descargo carecen de eficacia, pues aun cuando fueron ofrecidos por el Ministerio Público, se advierte parcialidad en sus manifestaciones, porque no les resulta cita de las diligencias iniciales, porque declararon tres meses después de ocurridos los hechos, y porque son casi idénticas sus versiones, lo que lleva a la conclusión de que fueron previamente aleccionados, dato éste que se robustece con el hecho de que poco después de recibirse sus testimonios, el inculpado se presentó voluntariamente, no obstante que se encontraba prófugo y dio una versión muy parecida a la de los aludidos testigos. Máxime si señala el juzgador que particularmente uno de ellos incurre en contradicciones en relación con lo manifestado por el hermano del acusado y que, por lo mismo, tales probanzas son insuficientes para destruir las imputaciones de los testigos de cargo, quienes coincidieron en que el reo fue uno de los que sin motivo dispararon sobre el grupo que iba a pie y que formaban los ofendidos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261570-ef960bb8/testigos-apreciacion-de-sus-declaraciones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TESTIGOS DECLARACIONES INEFICACES O INUTILES PARA LA ESTIMACION DE LA PRUEBA DE. (s/clave)
- CONFESION DEL REO. (s/clave)
- TESTIGOS INEPTOS. (XI.1o.2 P)
- TESTIGOS DE CARGO EN EL PROCESO, VALOR DE SUS DICHOS. (s/clave)
- TESTIGOS, RETRACTACION DE LOS. (s/clave)
- AGRAVIOS DEL MINISTERIO PUBLICO, SUPLENCIA DE LA DEFICIENCIA DE LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis