APELACION. INDIVIDUALIZACION DE LA PENA.
Si el Juez de Primera Instancia impuso el mínimo de la pena señalada por el precepto aplicable, y el Ministerio Público no apeló, se conformó tácitamente con la individualización de la pena, en cuanto que debe ser la mínima, de donde resulta que la autoridad responsable, al aumentar la pena en la apelación, se excedió e invadió facultades exclusivas del Ministerio Público, en perjuicio del acusado y apelante, lo que es inadmisible porque nadie apela en su perjuicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261733-102ea63c/apelacion-individualizacion-de-la-pena · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7049/59. Salvador Flores Padilla. 8 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
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