APELACION. AUMENTO INDEBIDO DE LA PENA.
Si no hubo apelación por parte del Ministerio Público y en segunda instancia se absolvió a la acusada de un delito, subsistiendo la condena exclusivamente por lo que a otro se contrae, no obstante lo cual, el tribunal responsable aumentó la pena que con relación a este último delito había sido señalada en la sentencia de primer grado, ello entraña violación de garantías individuales, por haber precluído en favor de la acusada la fijada inicialmente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263118-d680a5e6/apelacion-aumento-indebido-de-la-pena · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5426/58. Ofelia Almeraz López. 30 de enero de 1959. Cinco votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
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