DROGAS ENERVANTES (TOXICOMANOS).
El Código Federal de Procedimientos Penales se ocupa de los toxicómanos, dictando normas para que el Ministerio Público se abstenga de ejercitar acción persecutoria, o se desista de ella, según los casos; lo que no obsta para que el juzgador pueda absolver cuando aquél haya sido omiso. Más cuando la cantidad de enervante encontrada en poder del acusado resulte excesiva a juicio del Juez y se trate además de un reincidente, la sentencia condenatoria que se dicte, por la posesión de la droga, no es violatoria de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262073-26c57f04/drogas-enervantes-toxicomanos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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