PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
Las autoridades judiciales deben razonar su arbitrio, y no limitarse a citar los preceptos que lo norman, o a hacer paráfrasis de los mismos, enumerando sus diversos presupuestos, pero omitiendo relacionarlos con las características propias del evento y las peculiares de los infractores.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262759-b6caee4c/pena-individualizacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7290/56. Moisés Santiago Marroquín. 25 de agosto de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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