PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
No es procedente, en las sentencias dictadas en juicios de amparo, substituirse al juez natural para apreciar los fundamentos de la individualización de la pena, siempre y cuando aquél respete las normas que la legislación aplicable establece al respecto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/390823-d05e5a08/pena-individualizacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Queja 201/53. Aurelio Velázquez Luis. 1o. de febrero de 1954. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 5041/53. Torres Valdez Cirilo y coag. 3 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 1718/53. Pacheco J. Socorro. 5 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 4549/53. García López Fidel. 21 de abril de 1954. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo directo 3090/53. Estrella de Vicente José. 6 de mayo de 1954. Unanimidad de cuatro votos.
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