DROGAS ENERVANTES, SUMINISTRO DE. TOXICOMANOS.
Si bien es verdad que el artículo 524 del Código Federal de Procedimientos Penales excluye de responsabilidad al toxicómano a quien se encuentra enervante destinado a su consumo, también lo es que no autoriza dicha disposición el suministro de la droga a otras personas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262867-d8123400/drogas-enervantes-suministro-de-toxicomanos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 346/59. Daniel Ríos Torres. 16 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
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