DESPOJO.
El delito de despojo, más que un atentado contra la propiedad, es delito violador de la posesión actual, quieta y pacífica, y se integra independientemente de que el objeto u objetos materiales en que recaiga la acción, sean objeto de controversia por quienes se consideren dueños de dichos inmuebles.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263055-c6cef805/despojo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5027/58. Erasmo Saavedra Villa y coagraviados. 4 de febrero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
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