CLASIFICACION DEL DELITO. ACUSACION.
El Ministerio Público, al ejercitar la acción penal, consigna "hechos" a la autoridad judicial y a ésta corresponde, a través del auto de formal prisión, hacer la clasificación del delito sobre el cual versará el proceso, no pudiendo variarse dicha clasificación en la sentencia, salvo que el Ministerio Público lo haga así al formular conclusiones, siempre y cuando los hechos que se estimen comprendidos en la nueva figura sean los mismos de los que se ocupó la causa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263131-14972ade/clasificacion-del-delito-acusacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1094/57. Ramón Nuñez de Luna. 27 de enero de enero de 1959. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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