ACUSACION DEL MINISTERIO PUBLICO (CLASIFICACION DEL DELITO).
Si el procedimiento se siguió por un delito específico, y el Ministerio Público formuló pedimento con base en ese ilícito, para que el acusado fuese sentenciado condenatoriamente por dicha figura delictiva, por el tribunal de primer grado, y se conformó tácitamente el titular de la acción con la resolución respectiva, al no interponer apelación, el tribunal de alzada no debió variar la clasificación del delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264216-cac06a6e/acusacion-del-ministerio-publico-clasificacion-del-delito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7216/57. J. Angel Ocampo Cerezo. 20 de marzo de 1958. Mayoría de tres votos. Disidentes: Rodolfo Chávez S. y Luis Chico Goerne. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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