LEGITIMA DEFENSA.
Por agresión se entiende el movimiento corporal del agente que amenaza lesionar o lesiona bienes jurídicamente protegidos para que la objetividad de la violencia, por parte del que se defiende, pueda considerarse como legítima defensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263501-61b39c2e/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2223/58. Luciano Arzola González. 23 de octubre de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, segunda tesis relacionada con la jurisprudencia 149, página 307, bajo el rubro "LEGITIMA DEFENSA.".
Jurisprudencia relacionada
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA (AGRESION). (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. AGRESION. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis