RETRACTACION, CONFESION RENDIDA ANTE EL MINISTERIO PUBLICO.
Si el reo confesó ante el Ministerio Público y, por otra parte, la coacción y la violencia física a que se refirió en su declaración preparatoria, no se encuentra comprobada en autos, su retractación no produce efectos legales, ya que no se encuentra apoyada en ningún medio de prueba y la confesión rendida ante el Ministerio Público tiene valor probatorio pleno.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263553-9c102515/retractacion-confesion-rendida-ante-el-ministerio-publico · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5035/57. Miguel Angel Mata Cerón. 24 de octubre de 1958. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis Chico Goerne. Ponente: Juan José González Bustamante.
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