RETRACTACION DEL REO.
La presunta responsabilidad del reo puede desprenderse de su propia confesión, rendida en presencia del Ministerio Público, sin que obste en contrario, la circunstancia de que se hubiere retractado de su afirmación inicial, aduciendo que tal confesión le fue arrancada por la violencia, si esta circunstancia no está comprobada en autos y su versión concuerda con los datos obtenidos por la autoridad, en la inspección practicada en el lugar de los hechos y con el dictamen médico.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303883-6c50db7d/retractacion-del-reo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo LXXXIX, página 3769. Indice Alfabético. Amparo en revisión 4535/46. Lugo Emilia. 12 de septiembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXIX, página 377. Amparo penal en revisión 3291/46. 10 de julio de 1946. Cruz Gerardo Malaquías. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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