RETRACTACION DEL REO.
No puede negarse valor probatorio a la confesión del acusado rendida ante el Ministerio Público si no aparece acreditada la falsedad de la misma, ni que el propio acusado haya sido obligado mediante coacción o violencia a declarar en tal sentido, y sólo consta que el rendir su preparatoria rectificó en parte su declaración ante el Ministerio Público.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/806605-a4ee3812/retractacion-del-reo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 7909/44. Chávez Lázaro. 22 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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