RIÑA.
Fue la actitud provocativa del acusado lo que dio origen a la riña si al ir el reo a reclamarle al hoy occiso su proceder, lo guiaba el ánimo de dirimir sus diferencias, actitud que constituyó notoriamente la causa inmediata de la contienda de obra. Sin que tenga eficacia la argumentación de que si el acusado obró de la manera ya indicada fue por haber sido constantemente provocado con la conducta del ofendido, si esta situación constituye una causa remota o mediata, que no es aquella cuya concurrencia da origen en forma inmediata a la riña.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263555-8febfd7c/rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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