Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

VIOLACION DE CORRESPONDENCIA (LEGISLACION DE MICHOACAN).

Clave: — · Registro digital (IUS): 263825 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen XIV, Segunda Parte; Pág. 229

El artículo 169 del Código Penal define el delito de violación de correspondencia en los siguientes términos: "El que abra o intercepte una comunicación escrita que no venga dirigida a él, aunque la conserve cerrada, será castigado con prisión de tres meses a un año y multa de cinco a cincuenta pesos". Este delito se puede cometer en dos formas: una se contrae a la correspondencia cerrada en sobres o con procedimientos análogos como telegramas, oficios y telefonemas escritos; otra, a la acción de interceptar la correspondencia, consistente en apoderarse de la ajena, en detenerla impidiendo que llegue a su destino o en ocasionar malicioso retardo en su recepción.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263825-a3ef8427/violacion-de-correspondencia-legislacion-de-michoacan · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 4059/56. Epitacio Aguilar Castillo. 8 de agosto de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis