CONCLUSIONES DEL MINISTERIO PUBLICO (CALIFICATIVAS).
Si en las conclusiones del Ministerio Público se acusa al reo como autor del delito de homicidio, aun cuando no se cite la palabra "calificado", ello es una simple omisión que no repercute en las características del tipo incriminado, si de acuerdo con la redacción del pliego de conclusiones sí se hace referencia a las calificativas que consideraron probadas el Juez de conocimiento y el tribunal de apelación, aparte de que el propio representante de la acción persecutoria citó para la penalidad, en cuanto al homicidio, se refiere, el artículo del Código Penal aplicable, que establece la pena que corresponde al homicidio calificado, independientemente de que concurran una o más de las calificativas apuntadas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263842-4d8b4f7e/conclusiones-del-ministerio-publico-calificativas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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