HOMICIDIO CALIFICADO (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y COAHUILA).
Aunque en sus conclusiones el Ministerio Público acusa al reo como responsable del delito de homicidio calificado, por concurrir dos calificativas, y el Juez de la causa, en su fallo, juzgó que el homicidio era calificado porque concurrían las cuatro calificativas a que se refiere la ley, como el artículo 296 del Código Penal del Estado de Coahuila, igual al 320 del Código Penal del Distrito Federal, se limita a establecer las sanciones de trece a veinte años de prisión, al actor de un homicidio calificado, es lógico suponer que basta que concurra una de las calificativas que señala el código para el homicidio, para que se pueda imponer esa sanción, y en esa virtud, hayan o no concurrido las cuatro calificativas, la autoridad responsable no violó ningún precepto legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303149-ad7aa4f4/homicidio-calificado-legislaciones-del-distrito-federal-y-coahuila · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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