HOMICIDIO CALIFICADO (LEGISLACION DE MORELOS).
El carácter de autor del delito de homicidio calificado le corresponde al reo, atentos los términos del artículo 11, fracciones I y IV, del Código Penal de Morelos, expedido en 1935, si concibió, resolvió cometer, preparó y ejecutó el delito de homicidio por sí mismo, ejecutando materialmente el acto en que el delito fuera consumado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303625-0538eb19/homicidio-calificado-legislacion-de-morelos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 8294/45. Molina J. Refugio. 18 de octubre de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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