PRUEBA PERICIAL.
La valoración de la prueba pericial queda al arbitrio del juzgador, según las circunstancias.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263912-2dd52c0a/prueba-pericial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7090/56. Juan Heliodoro Aceves Torres. 3 de julio de 1958. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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