RIÑA.
Aun cuando la riña hubiera concluido con un ensañamiento por parte de los homicidas, ello no excluye las circunstancias de hecho que la ley clasifica como riña.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263925-950662a7/rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6430/57. Santos Márquez Galindo. 11 de julio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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