VIOLACION.
El cuerpo del delito de violación no requiere el desfloramiento, pero sí la cópula con persona de cualquier sexo; la cópula se tiene por realizada, aun cuando no se agote fisiológicamente el acto sexual, si se comprobó "ligera herida en el himen de la víctima", así como otros signos en sus órganos genitales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264101-78859110/violacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 3505/57. Joel Pérez Pérez. 7 de septiembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
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