LEGITIMA DEFENSA.
Se debe destacar la excluyente de legítima defensa si el acusado logró desarmar a su agresor y, en consecuencia, cesó el peligro que estaba corriendo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264173-897952cf/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6409/57. Guillermo Gómez Acero. 30 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen VI, página 42, tesis de rubro "LEGITIMA DEFENSA.".
Volumen III, página 116, tesis de rubro "LEGITIMA DEFENSA.".
Volumen I, página 76, tesis de rubro "LEGITIMA DEFENSA. EXCESO EN LA.".
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