BIGAMIA.
El delito de bigamia es instantáneo y se consuma en el momento mismo en que se celebra el segundo matrimonio formal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264373-90f39c68/bigamia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4380/57. Rogelio Amador García. 15 de enero de 1958. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
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