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ASOCIACION DELICTUOSA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 264646 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen IV, Segunda Parte; Pág. 15

Los elementos del delito previsto en el artículo 164 del Código Penal son: 1) La existencia de una asociación o banda; 2) De tres o más personas; y 3) Organizada para delinquir. La palabra "asociación", como primer elemento, lleva formalmente aparejadas para ésta, a más de la elección de objeto fijo y determinado como fin de la misma, las ideas de estabilidad y permanencia indeterminada. La participación en la asociación o banda, con caracteres de estabilidad y permanencia, constituye el elemento material del delito. El segundo elemento se refiere al número de los componentes, y el tercero es la organización para delinquir, o sea el objeto o fin de la asociación, que constituye el elemento subjetivo del delito. La frase "organizada para delinquir" que se emplea en el citado artículo, claramente indica: a) Que entre los miembros de la asociación o banda haya una estructura apropiada para los fines que se proponen y normas que la rijan, una disciplina y una jerarquía; b) Que la ley no se refiere a una agrupación o reunión pasajera, organizada en un momento dado para cometer determinados delitos, sino a asociaciones o bandas permanentes, y c) Que el propósito de la asociación o banda es delinquir cuantas veces se le presente la oportunidad de hacerlo y comentar toda clase de delitos e infringir la ley penal, como elemento distintivo y esencial.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264646-a8dd74b4/asociacion-delictuosa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 1741/56. Moisés Sánchez Olalde. 23 de octubre de 1957. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis Chico Goerne y Carlos Franco Sodi. Ponente: Rodolfo Chávez S. Amparo directo 1739/56. Gabino Martínez Velázquez. 23 de octubre de 1957. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis Chico Goerne y Carlos Franco Sodi. Ponente: Rodolfo Chávez S. Amparo directo 1737/56. José Angel Olalde. 23 de octubre de 1957. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis Chico Goerne y Carlos Franco Sodi. Ponente: Rodolfo Chávez S.

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