OFENDIDO, VALOR DE SU DICHO (DELITOS SEXUALES).
Si se trata de un delito sexual, el dicho de la ofendida tiene suma importancia, puesto que generalmente, y por su mismo carácter, esos delitos se practican sin testigos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264675-4a75550e/ofendido-valor-de-su-dicho-delitos-sexuales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2137/56. Antonio Flores Moreno. 25 de octubre de 1957. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Amparo directo 3776/55. Joel Rosales. 16 de octubre de 1957. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen III, Segunda Parte, página 129, tesis de rubro "OFENDIDA. VALOR DE SU DICHO (RAPTO).".
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