AUTORIDADES EJECUTORAS, AMPARO CONTRA LOS ACTOS DE LAS. SOLO DEBEN EXAMINARSE LOS VICIOS DE LA EJECUCION.
Cuando el amparo se endereza contra una de las autoridades responsables, no se puede, conforme a las disposiciones del juicio de garantías, decidir sobre los actos de otra, pues equivaldría no solamente a suplir la deficiencia de la queja, sino a decidir una controversia sobre la responsabilidad constitucional, sin oír a la parte afectada y sin conocer las razones que le sirvieron de apoyo. Por tanto, solicitada la protección federal contra la autoridad ejecutora, únicamente puede ocuparse el juzgador de los vicios propios de la ejecución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/265051-946bc50a/autoridades-ejecutoras-amparo-contra-los-actos-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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