IMPUESTO PREDIAL EN EL DISTRITO FEDERAL. QUINCE POR CIENTO ADICIONAL. (COMPAÑIAS DE SEGUROS).
El 15% adicional al impuesto predial no es anticonstitucional, por ser un simple aumento en la tarifa establecida para tal impuesto, de acuerdo con los artículos 931 a 936 de la Ley de Hacienda del Distrito Federal, es de la misma naturaleza que el predial, por lo que en realidad, no es sino el aumento de la tarifa de este último impuesto. En consecuencia si de acuerdo con el artículo 132 de la Ley General de Instituciones de Seguros, estas deben pagar el impuesto predial, es claro que también deben cubrir el 15% adicional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/266232-39b257b1/impuesto-predial-en-el-distrito-federal-quince-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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