PRECIOS, FIJACION INDEBIDA DE, POR LA SECRETARIA DE ECONOMIA.
Si la Secretaría de Economía al fijar los precios no indicó cual es el sentido de los estudios técnicos, ni las razones por las que a los mismos les son aplicables los artículos de la Ley sobre Atribuciones del Ejecutivo Federal en materia económica y su Reglamento que invoca en su apoyo, es indudable que en el caso no satisfacen los requisitos de legalidad y de motivación exigidos por el artículo 16 constitucional; sin que obste en contrario, que la autoridad tenga a disposición de los interesados tales estudios e indique que no los transcribe en sus resoluciones porque son muy extensos, pues estas circunstancias no justifican de ninguna manera la evidente violación cometida a la mencionada garantía individual.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/266249-224783c2/precios-fijacion-indebida-de-por-la-secretaria-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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