PRECIOS, FIJACION INCONSTITUCIONAL DE.
Admitiendo la responsable que en las fijatorias de precios no indicó cual es el sentido de los estudios técnicos, ni las razones por las que a los mismos les son aplicables los artículos de la Ley sobre Atribuciones del Ejecutivo Federal en materia económica y su reglamento, que invoca en su apoyo, es indudable que no se satisfacen los requisitos de legalidad y de motivación exigidos por el artículo 16 constitucional; sin que obste en contrario, que la autoridad tenga a disposición de los interesados tales estudios e indique que no los transcribe en sus resoluciones porque son muy extensos, pues estas circunstancias no justifican de ninguna manera la evidente violación cometida a la mencionada garantía individual.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/266359-aecf7ac2/precios-fijacion-inconstitucional-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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