Corpus
Modo: Corpus Pro

VIAS GENERALES DE COMUNICACION, LEY DE. GARANTIA DE AUDIENCIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 266580 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXX, Tercera Parte; Pág. 40

La garantía de audiencia que protege el artículo 14 constitucional y establece el artículo 49 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, no se otorga por conducto de representaciones abstractas e impersonales, como la Comisión Consultiva de Tarifas de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas, cuyas funciones aun cuando meramente consultivas, al servir de fuente de orientación de quien decide con facultades autoritarias y depender de él, forma parte integrante del órgano estatal, y es en realidad un cuerpo auxiliar que colabora con la autoridad para el ejercicio de sus funciones. En consecuencia, si las autoridades no demostraron haber oído a los interesados personalmente, sin que ello implique forzosamente la presencia física de los mismos, pues bien pueden hacerse representar por persona autorizada expresamente para el caso concreto, debe aceptarse que violaron lo dispuesto por el invocado artículo 49 de la ley de la materia, y, por consiguiente, el artículo 14 constitucional.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/266580-eb25fb53/vias-generales-de-comunicacion-ley-de-garantia-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 1472/57. Unión de Estibadores, Jornaleros y Lancheros del Pacífico, Delegación 3, en Guaymas, Sonora. 15 de abril de 1963. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Franco Carreño.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.