Corpus
Modo: Corpus Pro

MARCAS. PRODUCTOS DE DOMINIO PUBLICO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 266703 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen LXIV, Tercera Parte; Pág. 51

Basta analizar la fracción III el artículo 105 de la Ley de la Propiedad Industrial, para concluir que dicha fracción no está redactada en forma negativa, sino que se limita a indicar sobre "los envases que sean del dominio público o se hayan hecho de uso común en México..."; es decir, que si las autoridades estiman que un producto es del dominio público, corresponde a ellas indicar el porque ya es del dominio público, y acreditar tal aseveración, para el efecto de que la parte inconforme esté en aptitud de impugnar los argumentos respectivos, así como desvirtuar las pruebas que se mencionen.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/266703-c3f827db/marcas-productos-de-dominio-publico · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 2486/62. John Oster Manufacturing Co. de México, S. A. 29 de octubre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.

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