MULTAS, IMPOSICION DE.
No puede estimarse que el acuerdo impositivo de una multa sea un acto derivado de otro consentido, o sea de un acta de infracción, porque este es un acto previo de autoridad, que por sí sólo no causa agravio, y requiere del acuerdo del titular del ramo, para que pueda agraviar a una persona.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/266827-98158faf/multas-imposicion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 8295/60. Fernando Sánchez Mayans. 5 de julio de 1962. Cinco votos. Ponente: Franco Carreño.
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