MARCAS, NEGATIVA A SU REGISTRO.
Si las autoridades responsables, para negar el registro de una marca de envase que solicitó la quejosa, no se fundaron en hechos concretos sino que sólo sostuvieron generalidades dogmáticas vagas e imprecisas; y si tampoco se probó en autos que la botella de que se trata fuera igual específicamente a alguna de uso común en la actualidad o semejante a otra registrada con anterioridad, cabe concluir que estuvo en lo justo el C. Juez de Distrito, al sostener que no se hizo por las responsables una apreciación legal y en conjunto de la marca en cuestión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/267089-f4587aea/marcas-negativa-a-su-registro · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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